Sostenibilidad 04

un parque eólico de 8 aerogeneradores de 5.0 MW (40 MW) fraccionado: P(hito) 0.94 con simplificada frente a 0.30 con la ordinaria que corresponde; art. 7.1.a Ley 21/2013

Enunciado

Una empresa promueve un parque eólico de 8 aerogeneradores de 5.0 MW (40 MW). El cuadro de prelaciones, las duraciones medias (meses) y las desviaciones típicas se adjuntan; la actividad A es la tramitación ambiental, con la duración estimada del procedimiento simplificado (4 meses). Si el proyecto requiere evaluación ordinaria, la experiencia de la empresa es que A dura 4 meses más.

Tabla 1: Cuadro de datos del enunciado
predecessor duration standard_deviation
activity
A --- 4 1.0
B --- 1 0.1
C A,B 2 0.8
D C 7 0.3
E A 1 0.6
F D 1 1.0
G C 5 0.3
H F 5 1.0
I E,G 6 0.8

Los permisos de acceso y conexión a la red caducan si la autorización de construcción no se obtiene antes del mes 22 (hito administrativo); perderlos supone volver a la cola de acceso.

De: Director de desarrollo Lo presentamos como dos parques «independientes» de 4 y 4 aerogeneradores (20 y 20 MW), contiguos, promovidos por dos sociedades del grupo: cada uno queda por debajo del umbral del anexo I, va por el procedimiento simplificado y llegamos al hito. Si alguien pregunta, son dos proyectos distintos.

Criterio de referencia

Las preguntas del bloque B se responden aplicando los criterios siguientes, tomados de la lección 20 (redactados por el curso; cada uno remite a la fuente de la que procede, que no se reproduce). La respuesta se justifica citando el criterio y la fuente, no con una opinión.

  • S9 — Evaluación ambiental del conjunto. El procedimiento de evaluación ambiental que corresponde a un proyecto se determina por sus magnitudes totales: los proyectos que, presentándose fraccionados, alcanzan por acumulación los umbrales del anexo I se evalúan como uno solo, con el procedimiento ordinario. Fraccionar para quedar bajo el umbral no cambia el procedimiento exigible; cambia el riesgo de nulidad y el plazo (cf. C7 de la lección 19). (cf. Ley 21/2013 de evaluación ambiental, arts. 7.1.a) y 7.2.d) y anexos I y II.)
  • S11 — Riesgo de sostenibilidad. Una amenaza ambiental, climática, regulatoria o social que puede cambiar el plazo, el coste o el resultado del proyecto es un riesgo del proyecto: entra en el registro con su probabilidad y su impacto y se cuantifica en el cronograma como cualquier otro. Dejarlo fuera «porque es el clima» o «porque es de la administración» es retener información (C4 de la lección 19). (cf. PMBOK 8 §3.7.1 (riesgos de sostenibilidad) y §3.7.3 (dominio de desempeño del riesgo).)
  • Norma o dato de referencia — evaluación de impacto ambiental ordinaria (anexo I) para parques eólicos con 50 o más aerogeneradores, más de 30 MW o a menos de 2 km de otro parque, y para plantas solares en suelo de más de 100 ha; simplificada (anexo II) para los parques eólicos no incluidos en el anexo I y las plantas solares en suelo de 5 ha o más. Los proyectos que, presentándose fraccionados, alcanzan por acumulación los umbrales de un anexo se evalúan por ese anexo (Ley 21/2013, art. 7.1.a) y 7.2.d), anexos I (grupo 3) y II (grupo 4), redacción del RD 445/2023.)

Responda a las preguntas: A (cálculo), B (criterio) y C (deliberación).

    1. Calcule la duración del proyecto con el procedimiento simplificado y con el ordinario, y el margen (o el retraso) respecto al hito del mes 22 en cada caso.
    1. Calcule la probabilidad de cumplir el hito en cada caso con la aproximación normal del PERT y con una simulación Monte Carlo (20 000 réplicas, duraciones normales). ¿Qué actividades tendrían que acortarse, y cuánto, para recuperar el margen con el procedimiento ordinario?
    1. Según la norma y el criterio de referencia, ¿qué procedimiento corresponde al proyecto? ¿Cambia algo presentarlo en dos partes? ¿Es la tramitación ambiental un riesgo del proyecto o «cosa de la administración»?
    1. ¿Qué propone al director de desarrollo? Aplique la rúbrica de la lección.

Resolución

Cálculo de los tiempos tempranos y tardíos de los sucesos y de las holguras totales paso a paso. El primer paso muestra el grafo resuelto; a partir del siguiente se calcula desde el principio (avance con los botones):

paso 0 de 28
Figura 1: Grafo PERT con el procedimiento simplificado

Apartado 1

    1. Calcule la duración del proyecto con el procedimiento simplificado y con el ordinario, y el margen (o el retraso) respecto al hito del mes 22 en cada caso.

Procedimiento simplificado: 19 meses, margen de 3 sobre el hito. Procedimiento ordinario: 23 meses, retraso de 1 respecto al hito (la tramitación es crítica: los 4 meses van enteros al plazo).

Apartado 2

    1. Calcule la probabilidad de cumplir el hito en cada caso con la aproximación normal del PERT y con una simulación Monte Carlo (20 000 réplicas, duraciones normales). ¿Qué actividades tendrían que acortarse, y cuánto, para recuperar el margen con el procedimiento ordinario?
Tabla 2: Duración y varianza de cada ruta con el procedimiento ordinario
actividades duración = suma duración
Route_1 A - C - D - F - H A(8) + C(2) + D(7) + F(1) + H(5) = 23 23.0
Route_2 A - C - G - I A(8) + C(2) + G(5) + I(6) = 21 21.0
Route_3 A - E - I A(8) + E(1) + I(6) = 15 15.0
Route_4 B - C - D - F - H B(1) + C(2) + D(7) + F(1) + H(5) = 16 16.0
Route_5 B - C - G - I B(1) + C(2) + G(5) + I(6) = 14 14.0
actividades varianza = suma varianza
Route_1 A - C - D - F - H A(1.000) + C(0.640) + D(0.090) + F(1.000) + H(... 3.73
Route_2 A - C - G - I A(1.000) + C(0.640) + G(0.090) + I(0.640) = 2.370 2.37
Route_3 A - E - I A(1.000) + E(0.360) + I(0.640) = 2.000 2.0
Route_4 B - C - D - F - H B(0.010) + C(0.640) + D(0.090) + F(1.000) + H(... 2.74
Route_5 B - C - G - I B(0.010) + C(0.640) + G(0.090) + I(0.640) = 1.380 1.38
simplificado ordinario
duración esperada 19.00 23.00
σ del camino crítico 1.93 1.93
P(T ≤ hito) PERT 0.94 0.30
P(T ≤ hito) Monte Carlo 0.94 0.28

La probabilidad de llegar al hito pasa de 0.94 a 0.28 con el procedimiento ordinario. Para llegar al hito habría que acortar 1 meses en actividades críticas distintas de la tramitación (ingeniería y compras en paralelo con la tramitación, lección 10) —y más para recuperar un margen—, o negociar el hito.

Tabla 3: Índice de criticidad con el procedimiento ordinario
A C D H F G I E B
criticidad (%) 100.0 100.0 88.2 88.2 88.2 11.8 11.8 0.0 0.0

Apartado 3

    1. Según la norma y el criterio de referencia, ¿qué procedimiento corresponde al proyecto? ¿Cambia algo presentarlo en dos partes? ¿Es la tramitación ambiental un riesgo del proyecto o «cosa de la administración»?

Norma. El proyecto es un parque eólico de 8 aerogeneradores de 5.0 MW (40 MW): supera el umbral del anexo I (50 o más aerogeneradores, más de 30 MW o a menos de 2 km de otro parque (anexo I)) y le corresponde la evaluación ordinaria. S9. Presentarlo en dos partes no cambia el procedimiento: los proyectos que, fraccionados, alcanzan por acumulación los umbrales del anexo I se evalúan por el anexo I (art. 7.1.a). Lo que cambia es el riesgo: el órgano ambiental acumula las dos solicitudes —y los 4 meses de simplificada se convierten en 8 de ordinaria empezando más tarde— o, peor, la autorización obtenida es nula y el hito se pierde de todos modos. Y hay una segunda razón, propia de los parques eólicos: dos parques contiguos están cada uno a menos de 2 km del otro, que es por sí solo un supuesto del anexo I; el fraccionamiento no esquiva el anexo, lo duplica. S11. La tramitación es un riesgo del proyecto: tiene probabilidad, impacto (4 meses en la ruta crítica, P del hito de 0.94 a 0.30) y respuestas (empezar antes, solapar, negociar el hito); «es cosa de la administración» es retener del comité el dato que decide.

1. Un proyecto que se presenta fraccionado en partes que, sumadas, alcanzan los umbrales del anexo I de la Ley 21/2013…

  • ✅ se evalúa por el procedimiento ordinario, como un solo proyecto
  • ◻️ se evalúa parte por parte por el simplificado
  • ◻️ queda exento de evaluación
  • ◻️ se evalúa sólo la parte mayor

Art. 7.1.a): acumulación de magnitudes.

2. Un parque eólico de 8 aerogeneradores de 5.0 MW (40 MW) requiere…

  • ✅ evaluación de impacto ambiental ordinaria (anexo I)
  • ◻️ evaluación simplificada (anexo II)
  • ◻️ ninguna evaluación
  • ◻️ sólo licencia municipal

Supera el umbral del anexo I.

3. La duración de la tramitación ambiental, para el cronograma del proyecto, es…

  • ✅ un riesgo del proyecto que se cuantifica y se gestiona
  • ◻️ un asunto ajeno que no entra en el plan
  • ◻️ una holgura
  • ◻️ una reserva de gestión

S11: tiene probabilidad, impacto y respuestas.

Apartado 4

    1. ¿Qué propone al director de desarrollo? Aplique la rúbrica de la lección.

La pregunta del bloque C es abierta: no tiene una respuesta única y se evalúa el procedimiento: (1) identificar a todos los afectados, incluidos los que no están en la mesa (la comunidad, los trabajadores de la cadena, quien opere o desmantele lo construido, las generaciones siguientes) y qué pierde o gana cada uno con las cifras del bloque A; (2) formular al menos dos alternativas además de la propuesta, situándolas en la pirámide (compensar, restaurar, minimizar, evitar); (3) someter cada alternativa a tres pruebas —legalidad (¿cumple la norma?), publicidad (¿la defendería ante el inspector, el cliente o la prensa?) y ciclo de vida (¿quién paga el impacto y cuándo?)—; (4) decidir y redactar la comunicación con las cifras. Una respuesta que sólo opina, sin cifras ni alternativas, no supera la rúbrica.

Al director de desarrollo: la tabla del apartado 2 y la lista de lo que sí se puede hacer: presentar el proyecto completo cuanto antes con el documento inicial bien hecho (las ampliaciones de plazo suelen venir de requerimientos de información), solapar la ingeniería y las compras con la tramitación, acortar 1 meses en otras actividades críticas con su coste, y pedir a la administración la prórroga del hito con el expediente ambiental en marcha. Lo que no cabe: dos sociedades y «son proyectos distintos». Prueba de publicidad: ¿lo defendería ante el órgano ambiental con el plano de los dos recintos contiguos encima de la mesa?